¿Cual es la incumbencia profesional del titulo de arquitecto?.
Dos resoluciones del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación nos introducen en la respuesta:
La primera es la Resolución Nº 133 del 14 de Octubre de 1987, que expresamente dispone que el titulo de arquitecto habilita a:
1 Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la concreción de los espacios destinados al hábitat humano
2 Proyectar, dirigir y ejecutar la construcción de edificios, conjuntos de edificios y los espacios que ellos conforman, con su equipamiento o infraestructura y de otras obras destinadas al hábitat humano.
3 Proyectar, calcular, dirigir y ejecutar la construcción de estructuras resistentes correspondientes a obras de arquitectura
4 Proyectar, calcular, dirigir y ejecutar la construcción de instalaciones complementarias correspondientes a obras de arquitectura, excepto cuando la especificidad de las mismas implique la intervención de las ingeniería
5 Proyectar, dirigir y ejecutar obras de recuperación, renovación, rehabilitación y refuncionalizacion
de edificios, conjuntos de edificios y otros espacios, destinados al hábitat humano
6 Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la construcción del equipamiento interior y exterior fijo y móvil, destinado al hábitat del hombre, incluyendo los habitáculos para el transporte de personas
7 Diseñar, proyectar, y efectuar el control técnico de componentes y materiales destinados a la construcción de obras de arquitectura
8 Programar, dirigir y ejecutar la demolición de obras de arquitectura
9 Realizar estudios, proyectar y dirigir la ejecución de obras destinadas a la concreción del paisaje
10 Efectuar la planificación arquitectónica yurbanística de los espacios destinados a asentamientos humanos
11 Proyectar parcelamientos destinados al hábitat humano
12 Realizar medición y nivelación de parcelas con el objetivo de concretar la ejecución de obras de arquitectura
13 Realizar estudios e investigaciones referidos al ordenamiento y planificación de los espacios
que conforman el hábitat y a los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura
14 Asesorar en lo concerniente al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el
hábitat, y a los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura
15 Participar en planes, programas y proyectos de ordenamiento físico ambiental del territorio y de ocupación del espacio urbano y rural
16 Participar en la elaboración de normas legales relativas al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat humano
17 Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos que no siendo de su especialidad afecten al hábitat humano
18 Realizar relevamientos, tasaciones y valuaciones de bienes inmuebles
19.Realizar arbitrajes, peritajes, tasaciones y valuaciones relacionadas con el ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat y con los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura.
La segunda deviene como consecuencia de las nuevas disposiciones sobre higiene y seguridad en obras. Es la Resolución Nº 498/2006, en la que el anterior Ministerio modificó su nombre por Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación:
20 Proyectar, ejecutar, dirigir y evaluar todo lo concerniente a la higiene y seguridad en obras de arquitectura